Sistema Fotovoltaico - Interconectado a CFE (SFV-I)

Nosotros instalamos los SFV-I con equipos, accesorios y personal certificado
garantizando calidad TOTAL en los productos y servicios que ofrecemos




Dimensionamiento


Ofrecemos el desarrollo del análisis y cálculos de tu consumo para dimensionar el SFV-I justo a la medida de tus necesidades


Suministro, Instalación y Puesta en Operación


Ofrecemos servicio TOTAL
suministro, montaje, instalación y puesta en operación de SFV-I o de cualquier componente:


Paneles fotovoltaicos.
Dispositivos de protección y conexión.
Inversor / microinversores de interconexión a la red CFE.
Medidor bidireccional.
Herraje y soportes.
Obra civil de ser necesaria.


Mantenimiento y Diagnóstico de Fallas


Brindamos servicio de mantenimientos preventivos y correctivos asi como también diagnósticos y búsqueda de fallas de tu SFV-I


Monitoreo Remoto


Ofrecemos el servicio de integración de sistemas de monitoreo remoto
para que desde tu dispositivo móvil (celular, tableta o computadora) puedas verificar el comportamiento de tu SFV-I

¿ Qué son los Sistemas Fotovoltaicos - Interconectados a CFE. (SFV-I) ?

Los SFV-I permiten la generación de energía eléctrica a partir de la radiación solar, los elementos que lo integran son:

Paneles fotovoltaicos.
Dispositivos de protección y conexión.
Inversor / microinversores de interconexión a la red CFE.
Medidor bidireccional.


¿ De qué manera funcionan ?

Un SFV-I a la red de CFE es una instalación que aprovecha la energía del sol para producir energía eléctrica mediante paneles o módulos fotovoltaicos.

A diferencia de los Sistemas Fotovoltaicos Aislados (SFV-A), que requieren de bancos de baterías para almacenar la energía producida, en los SFV-I, la energía producida por lo paneles solares se consume en la casa o negocio y el excedente, si existe, se inyecta y almacena en la red de CFE, contabilizándola por medio de un medidor bidireccional suministrado por la CFE.

La energía almacenada en la red de CFE, se extrae de la red cuando el usuario lo requiere y se usa como en cualquier instalación convencional.

Al final de cada periodo de facturación, se efectúa un balance entre la energía consumida y la energía inyectada a la red.

Si el consumo fue mayor a la producción del sistema, la factura será solo por la diferencia.

Si el consumo es menor a la cantidad producida por el sistema, los kWh producidos de más, se pueden consumir dentro de los 12 meses siguientes y solo se pagará a CFE el cargo mínimo aplicable según la tarifa contratada.


¿ Existe un límite de paneles que se pueden instalar ?

En Baja Tensión, Personas Físicas (usuarios residenciales o domésticos) pueden realizar instalaciones de hasta 10 kWp.

En Baja Tensión, Personas Morales (empresas o comercios) pueden realizar instalaciones de hasta 30 kWp.

En Media Tensión, se pueden hacer instalaciones de hasta 500 kWp.


Calcular el número de paneles solares que necesitas

¿ Cuáles son los beneficios al adquirir e instalar un SFV-I ?


Usuarios Residenciales o Domésticos


ECONÓMICOS:
- Disminución considerable del costo en energía. Es posible obtener un ahorro de hasta un 95% en el recibo de CFE cuando se instala un SFV-I.

- La recuperación de inversión para usuarios en tarifa DAC (Domestico de Alto Consumo) es entre 4-6 años aproximadamente. Una vez que el punto de equilibrio sea alcanzado, todo lo que resta de vida del equipo se convierte en ahorros.


AMBIENTALES:
- El uso de este tipo de energía no contamina.

- Reducción de emisiones de CO2. Evitando la quema de combustibles fósiles que emiten gases de efecto invernadero, es decir ayudas a evitar el Calentamiento Global.

Usuarios Comerciales o Industriales.


ECONÓMICOS:
- Es posible obtener un ahorro de hasta un 95% en el recibo de CFE cuando se instala un SFV-I.

- La recuperación de inversión para usuarios en tarifa 2 (Servicio general hasta 25 kW de demanda) es entre 4-6 años aproximadamente. Una vez que el punto de equilibrio sea alcanzado, todo lo que resta de vida del equipo se convierte en ahorros.


FISCALES:
- Depreciación al 100% en un solo ejercicio de conformidad con el Artículo 34 Párrafo XIII de la ley del ISR en México.

"Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:"

"Párrafo XIII. - 100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente” Ley del Impuesto Sobre la Renta (Ultima Reforma DOF 18-11-2015).


AMBIENTALES:
- El uso de este tipo de energía no contamina.

- Reducción de emisiones de CO2. Reduciendo la huella de carbono de sus productos y servicios.


CERTIFICACIONES:
- Cumplimiento de bases para Normas Ecológicas, Normas Mexicanas, Legislación Ambiental y Certificación ISO.


COMPETITIVIDAD:
- Reducción en los costos de operación por gastos de energía.


IMAGEN:
- Posicionamiento de una imagen sustentable, de vanguardia y responsable.